María, de 35 años, cuenta que ha sido víctima de acoso laboral desde julio de 2022, cuando su hijo tenía solo dos meses y ella estaba con licencia médica postnatal. A pesar de su situación, su empresa contrató a un nuevo jefe que, insensible a su licencia, la obligó a participar en una videollamada de presentación con su bebé en brazos. Este acoso ha continuado hasta la fecha, incluso después de su regreso al trabajo tras 50 días de licencia psiquiátrica por estrés laboral y depresión.
Dificultades Tras la Reincorporación
Desde su reincorporación en octubre de 2022, María ha enfrentado numerosos problemas, como la falta de respeto a su hora de lactancia, reuniones fuera de su horario laboral y constante presión por parte de su jefe. Este ambiente laboral hostil la llevó a una crisis de ansiedad en marzo de 2023, tras la cual tomó un mes de vacaciones. Aunque esta vez sus vacaciones no fueron interrumpidas, en otros periodos de descanso sufrió interrupciones constantes sin recibir compensación alguna.
Empeoramiento de las Condiciones Laborales en 2024
Desde el inicio de 2024, las condiciones laborales de María empeoraron, especialmente durante su primer trimestre de embarazo. La llegada de un nuevo jefe de departamento solo agravó la situación, convirtiendo su entorno laboral en algo abrumador e inmanejable.
Realidad del Acoso Laboral en Chile
El caso de María no es aislado. Una encuesta de 2023 reveló que el 70,1% de los chilenos ha sido víctima de acoso laboral alguna vez en su vida profesional. Las principales formas de acoso identificadas fueron:
- 50,6% a través de maltrato verbal o escrito.
- 23,1% mediante desprestigio frente a compañeros de trabajo.
- 13,4% vía crítica destructiva.
- 9% por indiferencia de la jefatura y/o colegas.
- 3,9% por discriminación por raza, religión, género o ideología.
Nueva Ley de Acoso Laboral: Ley Karin
Para enfrentar este problema, se ha promulgado la ley 21.643, conocida como Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Esta ley entrará en vigor el 1 de agosto de 2024, y establece que las agresiones u hostigamientos no necesariamente deben ser reiteradas para ser consideradas acoso, sino que pueden ser actos únicos.
Cambios Claves en la Ley
Matías Rodríguez, presidente del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Valparaíso, explica que las principales modificaciones incluyen:
- Eliminación de la exigencia de reiteración en las conductas de hostigamiento.
- Inclusión del concepto de violencia laboral, extendiendo la protección a trabajadores frente a acciones de terceros ajenos a la empresa.
- Implementación de un protocolo que regula la identificación de riesgos y medidas de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.
- Perfeccionamiento del procedimiento de investigación y sanción del acoso sexual, incluyendo también el acoso laboral y la violencia.
Ejemplos de Conductas de Acoso Laboral
Germán Solís, académico de Derecho de la U. de la Serena y experto en violencia de género, menciona ejemplos de acoso laboral que incluyen:
- Ataques a la víctima con medidas organizacionales, como restringir la comunicación, cambiar de ubicación o asignar tareas degradantes.
- Ataques a las relaciones sociales de la víctima con aislamiento social, como rehusar la comunicación o tratar a un trabajador como si no existiera.
- Ataques a la vida privada de la víctima, como criticar permanentemente su vida privada o hacer parecer estúpido a un trabajador.
Protección a Trabajadores y Pasantes
La ley Karin también protege a pasantes y estudiantes en práctica, quienes pueden llevar sus casos a tribunales laborales, inspecciones del trabajo o la Contraloría General de la República. El Convenio 190 de la OIT, que entrará en vigor el 12 de junio de 2024, también aborda estas situaciones, ampliando la protección a todo el «mundo del trabajo».